Por Luis Miguel Castilla
La necesaria consolidación de las cuentas públicas (o reducción del déficit fiscal) se está haciendo cada vez más difícil debido al crecimiento del gasto público que tanto el Ejecutivo como el Congreso propician, sin que el MEF tenga la capacidad de contenerlo. Esto se evidenciará cuando podamos cuantificar con detalle el costo de todas las disposiciones incluidas por los legisladores a último minuto para aprobar, al borde del plazo legal, la ley de presupuesto 2025. A esto se suma la intención de perpetuar perforaciones a los ingresos del erario mediante la extensión de exoneraciones tributarias.
Ingresos tributarios inflados: riesgos y controversias
Una manera de reducir el déficit fiscal que ha sido puesta de manifiesto por el propio MEF es la inclusión de una partida de ingresos producto de la cobranza de deudas tributarias. Si bien es obvio que las deudas consentidas por el Poder Judicial deben pagarse, resulta inédito que el MEF infle los ingresos tributarios sobre la base de una expectativa de cobranza de “deudas” sin tener plena certeza de que el contribuyente haya agotado todas las instancias legales para dirimir sus controversias con la Sunat. Peor aún, el mensaje que se le da a los auditores de la Sunat es el de acotar indiscriminadamente para aumentar los recursos públicos en función de metas relacionadas con la eventual cobranza de deudas tributarias. Un mayor riesgo es el incentivo perverso que se introduce al Tribunal Fiscal, sin garantizar la imparcialidad que cada contribuyente merece. Si bien la litigiosidad tributaria es demasiado elevada en nuestro país, y ese es un problema que debe resolverse, el Gobierno no puede arriesgarse a parcializar la resolución de controversias tributarias ni a vulnerar la seguridad jurídica de cada caso.
Discrecionalidad de la Sunat y nuevas controversias tributarias
Otra fuente de generación de mayores recursos está siendo promovida por la propia Sunat, aumentando su discrecionalidad a través de retrasos en los reintegros adeudados a los contribuyentes o mediante interpretaciones que luego pueden generar nuevas controversias tributarias. Esto incluso está siendo incentivado por el propio Gobierno tras la publicación de decretos legislativos este año. Un ejemplo de ello es el casi imposible nivel de probanza que se exige a ciertas empresas para deducir su gasto financiero en el pago de sus obligaciones de impuesto a la renta. Otro ejemplo es la decisión unilateral de que se pierda el crédito fiscal para deducir las obligaciones de IGV si no se acreditan en 30 días los comprobantes de pago necesarios para reclamar esa deducción. Estas medidas carecen de proporcionalidad y se aplican de manera generalizada bajo el pretexto de aumentar los ingresos tributarios del erario.
Medidas insuficientes frente al crecimiento del gasto público
Estas medidas son más fáciles de adoptar que ajustar el gasto público, que crece de manera exagerada y para lo cual el MEF no muestra el mismo nivel de convicción que exhibe con medidas poco equilibradas hacia los contribuyentes. Peor aún, se están incubando nuevas controversias tributarias futuras sin necesariamente contribuir al control del déficit fiscal, que hoy urge atender.
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